21 Oct 2008

RESIDENCIA FISCAL PERSONAS FISICAS, Caso 1




RESIDENCIA FISCAL PERSONAS FISICAS

1-FRANCISCO, golfista de nacionalidad española, tiene domicilio en Monaco y una vivienda en Barcelona. Tiene que jugar por todo el mundo, entre ellos solo dos meses en España. Donde es residente fiscal?. Y si regenta un club de golf en Gerona?.


2-MAXIM, millonario de nacionalidad española, se traslada a Suiza para gozar de todas las ventajas fiscales de este país, todo el año 2007, pero deja a su familia en España. Dónde tributará?


3-MARIA trabaja para una empresa española y vive todo el año en España. Pero obtiene algunas rentas en otros países. Donde debe tributar?


4-Al año siguiente, la empresa española la envía a trabajar a Italia. Se considera renta de fuente española, y por tanto sujeta a imposición en España?


5-JOHN trabaja en España un tiempo, pero es residente canadiense. Le han dicho que debe tributar un 24% por los rendimientos de su trabajo. Pero que si la empresa para la que trabaja en España es extranjera y esta no tiene establecimiento permanente en España, podría estar exento de pagar en España si así lo dice el Convenio. Alguien se lo puede explicar?.


6-LECLERC, residente en Francia, se desplaza a España en agosto del 2005 durante 3 años, para trabajar en la filial de la multinacional francesa que tiene en España. Su salario es satisfecho por la matriz francesa, sin que sea repercutido a la filial española. Paga en el 2005 como no residente al 24%?. Y en el año 2006 como tributa?. Se le puede aplicar el régimen de impatriados durante 5 años?. Si se le puede aplicar, le interesará a LECLERC pagar el 24% o la tabla progresiva del IRPF?.


7-JUAN es residente en España pero se traslada a vivir a Panamá por motivos profesionales. Donde tributará los próximos 4 años si su nacionalidad es española?. Y si su nacionalidad es colombiana?.


8-HANS tiene un inmueble en Barcelona y lo alquila durante 7 meses. ¿Dónde tributa esta operación por Convenio y por ley interna?. HANS tributaría al 24%?. Pero si HANS tiene una oficina con empleado en España (actividad empresarial), no tendría que tributar al 30%? En ambos casos se puede aplicar deducciones?. En el primer caso, tributaría por los 5 meses que no ha arrendado el inmueble?. HANS sabe que si vende el inmueble tributará al 18% de la plusvalía, pero no sabe si se puede compensar con otras pérdidas que tenga el mismo año. Las podrá compensar él, que es no residente en España?.


9-JUDITH compra deuda pública española. ¿Debe tributar por sus rentas si es residente fiscal en Alemania?. Y si es residente fiscal en Jersey, un paraíso fiscal?. También abre una cuenta bancaria en el BBVA de no residente. El banco le retendrá?.


10-CARLOS vende acciones de Repsol. Si CARLOS es residente fiscal en Argentina, y por aplicación del Convenio, está exento de tributar en España, por qué tributaría al 18% si fuera residente en Chipre, que es miembro de la Unión Europea, cuando los residentes de la Unión Europea están exentos si no poseen más de un 25% de participación en una misma sociedad?.


11-PEDRO, inmigrante que ha estado trabajando en España, se jubila y vuelve a su país, que no tiene Convenio con España, percibiendo una pensión de la Seguridad Social española. La ley interna española dice que tributaría como no residente (24%) en tanto se deriven de trabajo realizado en España. ¿Qué puede hacer PEDRO para evitarlo?.

No comments:

Post a Comment