14 Jan 2009

España: se permite la libre amortizacion a todas las empresas de un Grupo


"Tributos permitirá a todas las empresas de un mismo grupo la libre amortización", articulo publicado por Jaume Viñas el 15/01/2009 en www.cincodias.com:

Podrán aplicarse el incentivo fiscal aunque la matriz destruya empleo.

El Gobierno aprobó en la recta final del año anterior permitir que las empresas que mantengan su plantilla durante dos años gocen de libertad de amortización para los activos nuevos que se adquieran en 2009 y 2010. La Dirección General de Tributos aclaró a este periódico que este incentivo se aplicará incluso cuando la entidad que realiza la inversión forma parte de un grupo empresarial que, en su conjunto, reduce el número de trabajadores.

Tributos reconoce que el texto de la ley es algo ambiguo en este sentido y manifiesta que hará una interpretación lo menos restrictiva posible. 'Este incentivo fiscal es aplicado por las sociedades que realizan la inversión, con independencia de que estas sociedades formen o no parte de un grupo'. Y añaden: 'Aun en el caso de que el grupo al que pertenezca la sociedad tribute en régimen de consolidación fiscal, el requisito de mantenimiento de la plantilla se aplica a nivel de la propia sociedad que ha realizado la inversión y no a nivel de grupo'. Ello es así porque Tributos entiende que este incentivo 'gira sobre la base imponible individual'. El régimen de consolidación fiscal supone que las sociedades de un grupo empresarial tributan como un sola compañía.

La libertad de amortización, que se limita a los elementos nuevos del 'inmovilizado material y a las inversiones inmobiliarias', supone una oportunidad para reducir la factura fiscal del impuesto de sociedades. Las compañías podrán imputar, si así lo desean, el 100% de su inversión en su balance anual y, por lo tanto, reducir la base imponible del impuesto que grava los beneficios empresariales. En suma, supone un incentivo a la inversión.

Permitir la libre amortización es una de las múltiples novedades que se incluyeron en la ley que suprimió el impuesto sobre el patrimonio y que se aprobó en diciembre. En una jornada reciente organizada por Asociación para el Progreso de la Dirección (APD), el socio de Deloitte, Ricardo Gómez Acebo, constató las múltiples dudas interpretativas entre empresarios y fiscalistas que está provocando esta ley, ya que modifica grandes impuestos como el IRPF, el IVA o el impuesto de sociedades.

Una normativa para aumentar la liquidez

La Ley 4/2008 que suprime el impuesto sobre el patrimonio se convertirá este año en una de las más citadas en los despachos de los fiscalistas. Esta normativa incluye medidas como la devolución mensual del IVA o la reducción de 24 meses a un año del plazo para pedir la devolución del IVA repercutido pero no cobrado, entre otras muchas.

El director general de Tributos, Jesús Gascón, reconoce que durante los próximos meses afrontará el reto de dar respuesta a las múltiples dudas interpretativas que empresarios y abogados dirigen a la Administración. En cualquier caso, la mayoría de medidas incluidas en esta ley persiguen el mismo fin: mejorar la liquidez de empresarios y familias ante una situación económica caracterizada por el endurecimiento del acceso al crédito.

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